Como Fernando Alonso por la A231
Días atrás hablábamos de la conciencia de las personas al momento de conducir un vehículo y las consecuencias que pueden traer para el propio individuo y para el resto de los que lo rodean. El problema grave que existe es que, si esto no está bien regulado en todas partes del mundo, no tiene mucho sentido.
En España lo que ocurrió fue que, en el mes de febrero, un conductor a bordo de un Audi A8, se extralimitó. Recordemos que este es un vehículo equipado con un motor 3.2 litros V6 FSI, y que alcanza velocidades superiores a 250 km/h.
Esta persona conducía el coche a 260 km/h por la ruta A231 (que va desde Burgos hasta León) y fue captado por el radar. Se le impusieron las siguientes faltas: exceso de velocidad (obviamente) y conducción temeraria (que tiene una carga penal).
La noticia quedó atrás en el tiempo como una anécdota. Pero hasta hace unos días atrás, cuando se dio la sentencia al conductor: la persona fue totalmente absuelta. Amparándose en algunos artículos del código actual, esta persona tuvo que pagar únicamente una suma de dinero, que por el coche que conduce no le afectaron de manera muy importante.
El tema es que, hasta que no se modifique el reglamento, las personas pueden continuar haciendo lo que deseen; señalando como en este caso que supuestamente no ponían en riesgo a nadie más.
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